Nacion escribió:MEIC investiga denuncia por cambios en contrato de Amnet
Variación en precio por mantener canales borrados del paquete básico centra reclamo
Compañía afirma que redobla esfuerzos para atender con prontitud inquietudes
Juan Fernando Lara S.
jlara@nacion.com 10:26 p.m. 16/11/2010
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) investiga una denuncia presentada ante la Dirección de Apoyo al Consumidor contra la empresa cablera Amnet, debido a cambios introducidos en su programación a inicios de mes.
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Imagen del ingeniero Javier Barboza, en las oficinas centrales de Amnet, donde está la sala de transmisores para la televisión por cable. El reacomodo de la programación ha suscitado malestar entre su clientela. Archivo.
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A partir del 2 de noviembre, la firma pasó nueve canales de su paquete básico al paquete digital. La supresión de canales en el paquete ofrecido en señal analógica podría ser un perjuicio económico para el consumidor, pues el servicio en señal digital tiene otro precio.
Dentro del contrato que suscriben los clientes de Amnet, existe una cláusula mediante la cual la empresa se reserva el derecho de hacer cambios como el descrito. Parte de los aspectos que el Ministerio estudiará es si esa cláusula es abusiva.
Junto a la queja formal, también la línea de apoyo al consumidor 800-CONSUMO ha recibido poco más de 80 llamadas de clientes molestos por el cambio, explicó Cynthia Zapata, encargada de la Dirección de Apoyo al Consumidor.
“En este caso se indagará si la variación desequilibra económicamente el contrato en perjuicio del consumidor, sin una justa causa del proveedor”, agregó Zapata.
El paquete Cable Básico de Amnet cuesta $31 al mes, y antes incluía, entre otros, los canales Food Network y Home and Garden.
Ahora, esos dos canales y otros más solo están disponibles en el paquete Premium Digital, que cuesta $63, e incluye el alquiler de una caja descodificadora de señal digital, señaló Jorge Córdoba, gerente de Servicio al Cliente de Amnet.
Zapata enfatizó que si la denuncia favorece al consumidor, debe restituirse el contrato a su oferta original, cuando se acordó e l servicio. Además, recalcó que cualquier falta de información u omisión al indicarse los términos del contrato, o en la publicidad ligada al servicio, favorece al consumidor y corre en contra de la empresa, que está obligada “a dar información suficiente, veraz y oportuna”.
Sobre las llamadas recibidas, en el MEIC comentaron que algunos clientes objetan que, debido al cambio, tendrán que utilizar accesorios adicionales para ver el contenido audiovisual en señal digital.
Consultado sobre cómo se manejan las quejas, Córdoba dijo: “Estamos redoblando nuestros esfuerzos para responder con prontitud a las distintas consultas e inquietudes” , y añadió que los canales digitales son opcionales.
Cláusulas abusivas. Roy Herrera, socio encargado del Departamento de Litigios del Bufete Arias & Muñoz, explicó que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor contempla derechos no negociables para proteger al consumidor, en caso de posibles cláusulas abusivas.
Dichas cláusulas suelen aparecer en contratos de adhesión impresos con antelación, donde el consumidor no negocia los términos del servicio: hay ciertas opciones predefinidas que acepta o rechaza, sin margen de negociación.
Una persona puede firmar un contrato con una cláusula abusiva. No obstante, si en el futuro quien ofrece el servicio la aplica, el consumidor podría argumentar que es nula por afectar derechos irrenunciables, que consagra la Ley 7472 del consumidor, precisó Herrera